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miércoles, 7 de septiembre de 2016

¿QUÉ ES EL ACOSO SEXUAL CALLEJERO?

Se considera acoso sexual callejero todas aquellas prácticas, palabras o acciones, de connotación sexual ejercidas por una persona desconocida, en espacios públicos como la calle, el transporte o espacios semipúblicos, que suelen generar malestar en la víctima, pues invaden su espacio emocional y físico, sintiéndose sexualizada, intimidada, avergonzada, objetivada, violada, atacada o insegura.
Es otra forma más de violencia de género, ya que este tipo de conductas están motivadas, precisamente, por género.


Son conductas consideradas acoso sexual callejero:
  • Miradas lascivas
  • Piropos
  • Silbidos, besos, bocinazos, jadeos y otros ruidos
  • Gestos obscenos
  • Comentarios sexuales, directos o indirectos al cuerpo
  • Fotografías y grabaciones del cuerpo no consentidas y con connotación sexual
  • Tocamientos como agarrones, manoseos
  • Persecución y arrinconamiento
  • Masturbación con o sin eyaculación y exhibicionismo
  • Seguir a la víctima
Este tipo de conductas no sólo producen malestar en la víctima, sino que al producirse en un espacio público, hace que ésta se vea "obligada" a limitar sus movimientos e incluso le lleve a modificar comportamientos con la finalidad de evitar ser acosada verbal y/o físicamente.

Fuentes y Páginas de interés:

- Observatorio contra el acoso callejero (Chile) www.ocacchile.org
- Stop Street Harassment http://www.stopstreetharassment.org



martes, 6 de septiembre de 2016

TRATAMIENTO COGNITIVO-CONDUCTUAL DIRIGIDO A AGRESORES SEXUALES

El tratamiento cognitivo-conductual, según Marshall (2001), ha demostrado su eficacia para la reducción del número de delincuentes sexuales que reinciden después de ser puestos en libertad. Su duración depende de las características del delincuente y oscila entre tres meses y un año. Todos los tratamientos se realizan en grupo, trabajando varias áreas:

Autoestima: Trata de aumentar la autoestima, ya que la baja autoestima disuade a las personas de intentar cambiar su comportamiento e impide que abandonen sus percepciones y creencias distorsionadas. Además, es también beneficioso en otras áreas del tratamiento, tales como la mejora de la empatía, el aumento de las relaciones íntimas, la disminución del aislamiento y la reducción del interés por el sexo desviado.

Distorsiones cognitivas: El término "distorsiones cognitivas" describe una amplia gama de percepciones, actitudes y creencias inadecuadas. Algunas de estas creencias y actitudes pueden estar bien arraigadas, y muchas de ellas tienen un gran interés para el delincuente, puesto que le permiten negar, minimizar, justificar y racionalizar las agresiones sexuales. Por ello, es importante que el sujeto asuma su responsabilidad, poniendo en duda la opinión expresada por éste y proponerle una interpretación alternativa para que reconozca, por una lado, las desventajas que le supone mantener sus opiniones distorsionadas y, por otro, los beneficios de cambiarlas.

Empatía: Son muy pocos los delincuentes sexuales que carecen totalmente de empatía. Sin embargo, sí muestran menos empatía hacia las víctimas de abuso sexual que otros hombres y, en lo que respecta a sus propias víctimas, carecen totalmente de ella. Esta falta de empatía parece ser el resultado de no reconocer el sufrimiento causado. Por lo tanto, de lo que se trata es de concienciar a estos agresores acerca del daño que causan, tanto real como potencialmente. La empatía por la víctima proporciona la principal razón para no reincidir.

Intimidad: Está orientada a proporcionar las habilidades necesarias para aumentar las relaciones íntimas apropiadas, reducir la soledad y modificar el apego de los agresores. Se ofrece una educación sexual para esclarecer cuáles son las conductas sexuales practicadas por parejas sexualmente satisfechas. También se abordan los mitos que existen acerca de la sexualidad, incluyendo las supuestas diferencias entre los hombres y las mujeres.

Conductas sexuales: Se imparte un curso de educación sexual básica en el que además de dar información general sobre fisiología, anatomía y reproducción, también se describen toda gama de prácticas sexuales comunes y relacionadas empíricamente con una mayor gratificación sexual.
Para muchos delincuentes sexuales el sexo es una forma de afrontar los problemas que no saben resolver de otra manera, valiéndose tanto de las relaciones sexuales apropiadas como del sexo desviado. Algunos fantasean con sus actos desviados mientras se masturban. La asociación de las fantasías desviadas, junto con la excitación inducida por la masturbación, aparte de consolidar el deseo de llevarlas a la práctica, crea firmes distorsiones cognitivas.

Estrategias de prevención de recaídas: La esencia de este módulo es la integración de todas las estrategias aprendidas en los módulos anteriores y el diseño de un plan de acción que tiene como objeto reducir el riesgo de que el sujeto vuelva a agredir.
Se ayuda a los victimarios a identificar tres aspectos presentes en su conducta delictiva: 
  1. aquellos factores de riesgo que se daban en el momento de la comisión de los delitos (baja autoestima, sentimientos de ira, ansiedad, desesperación, etc.)
  2. las conductas implicadas en todo el proceso delictivo (ganarse la confianza de un menor siendo simpático con él, buscar potenciales víctimas dando vueltas en coche, inventar excusas que le den la oportunidad de delinquir, etc.)
  3. los tipos de situación que constituyen un riesgo (estar solo con un niño, deambular de noche, conducir por caminos desiertos, etc.)
Al identificar estos factores, conductas y situaciones, el delincuente puede comprender mejor qué es lo que le lleva a delinquir, así como los pasos implicados en la cadena del delito, con lo que le será más fácil romper con ella. Una vez identificados estos aspectos desencadenantes, se le ayuda a planificar acciones para afrontar mejor o evitar estos factores de riesgo, comportamientos y situaciones.

Para Marshall, este programa de tratamiento de los Servicios Correccionales de Canadá ha demostrado que mejora la autoestima, aumenta la empatía, mejora la capacidad de tener relaciones íntimas, reduce sentimientos de soledad, corrige el interés por prácticas sexuales desviadas y cambia algunos aspectos de las distorsiones cognitivas, disminuyendo el número de delincuentes sexuales que vuelven a reincidir.





Bibliografía:

Marshall, W.L. (2001) "Agresores Sexuales". Barcelona. Ed. Ariel

sábado, 11 de junio de 2016

INCENDIARIOS: MOTIVACIONES Y TIPOS DE SINIESTROS

Llega el verano y con él las noticias que se suceden día tras día están relacionadas con los incendios. 

Al hablar de incendios tenemos que distinguir entre incendiarios y pirómanos, es decir entre aquellas personas que provocan incendios de manera intencionada y las que cumplen los criterios de diagnóstico para la piromanía como trastorno del control de los impulsos.

La conducta incendiaria es definida por Hales y Yudofsky (2002) como "la provocación voluntaria y maliciosa de un incendio, existiendo numerosos motivos para provocar incendios que son independientes de la piromanía, e incluyen la ira o la sed de venganza hacia un individuo o institución, un fraude de seguros, vandalismo, el encubrimiento de delitos o un intento fracasado de suicidios." Por lo tanto, los motivos de los incendios se pueden ser de diversa índole:
  • Defraudar compañías de seguros para cobrar el monto del seguro.
  • Ocultar un crimen o delito anterior.
  • Destruir libros, registros u otras pruebas incriminatorias.
  • Venganza, intimidación, extorsión o sabotaje.
  • Rivalidad o competición en los negocios.
  • Sin motivo justificado, excepto la emoción de ver el fuego (este caso sería más propio del pirómano).
Por su parte, las psiquiatras Nolan Lewis y Helen Yarnell (1951) en relación al incendiarismo realizan la siguiente reflexión: "Como es un medio excelente de destrucción, (el fuego) resulta admirablemente adecuado para concretar tendencias agresivas, para ventilar el odio, y un medio perfecto para descargar un volumen considerable de otras emociones reprimidas... Mediante la utilización de un fósforo, el incendiario logra tremendos y espectaculares efectos que trascienden las proporciones habituales entre esfuerzo y resultado. Siente que está realizando lo que las fuerzas naturales, que ha desatado, realizan para él."

A su vez, estas autoras distinguen varios tipos de siniestros que tienen al fuego como protagonista:
  • Siniestros accidentales ocasionados por personas normales (sin psicopatología), personas mayores o niños, incluidas las personas con problemas psíquicos y deficiencias mentales y psicóticas.
  • Siniestros habituales ocasionados, según las estadísticas, por personas normales (principalmente mayores de edad) y se incluyen también personas con problemas mentales.
  • Siniestros ocasionales similares a los anteriores, pero que se incluyen actos de terrorismo, sabotaje y autoincendios.
Fuente:

Goudsblom, J. (1995) "Fuego y civilización." Edit. Andrés Bello, Buenos Aires

lunes, 20 de julio de 2015

FACTORES CRIMINÓGENOS


¿Qué es un factor criminógeno? Se define como “todo aquello que favorece la comisión de conductas antisociales”, elemento que interviene en la conducta criminal.

Ferri (1856-1929) considera que las acciones humanas, honestas o deshonestas, sociales o antisociales, son siempre producto de su organismo físico-psíquico y de la atmósfera física y social que lo envuelve. Este autor distingue tres tipos de factores: antropológicos o individuales del crimen, los factores físicos y los factores sociales.

Factores antropológicos, que son inherentes a la persona del criminal y son la primera condición del crimen. Estos factores son tres:

  • La constitución orgánica del criminal constituye la primera subclase de factores antropológicos y comprende todas las anomalías del cráneo, del cerebro, de las vísceras, de la sensibilidad, de la actividad refleja y todas las características somáticas en general, como la fisionomía, tatuaje, etc.


  • La constitución psíquica del criminal que comprende las anomalías de la inteligencia y del sentimiento, sobre todo del sentido moral y las especialidades de la literatura y el argot criminal. 


  • Las características personales que comprenden sus condiciones puramente biológicas, como la raza, la edad, el sexo y las condiciones biosociales, como el estado civil, la profesión, el domicilio, la clase social, la instrucción, la educación de que han sido objeto, casi exclusivo de la estadística criminal. 

Los factores físicos del crimen entre los que encontramos el clima, la naturaleza del suelo, la periodicidad diurna y nocturna, las estaciones, la temperatura anual, las condiciones meteorológicas y/o la producción agrícola.

Los factores sociales que comprenden la densidad de la población, la opinión pública, la moral, la religión, las condiciones de la familia; el régimen educativo; la producción industrial; el alcoholismo; las condiciones económicas y políticas; la administración pública; la justicia; la policía y, en general, la organización legislativa civil y penal. Estos factores sociales, según Ferri, son causas latentes que se entrelazan y se combinan en todas las partes del organismo social y que se escapan casi siempre a la atención de los teóricos y de los prácticos, de los criminólogos y de los legisladores.




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martes, 31 de marzo de 2015

VIOLENCIA CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

La violencia hacia las personas con discapacidad se da con mayor frecuencia en el contexto familiar, escolar, laboral e institucional. Para la Organización Mundial de la Salud (OMS), la violencia consiste en el uso deliberado de la fuerza física o el poder, ya sea en el grado de amenaza o efectivo, que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos, trastornos del desarrollo o privaciones.
De entre las conductas del agresor y las consecuencias de esas conductas sobre la víctima, tenemos las siguientes: 

VIOLENCIA
CONDUCTAS DEL AGRESOR
CONSECUENCIAS EN LA VÍCTIMA
Abuso Físico
- Agrede corporalmente
- Administra fármacos de forma injustificada
- Restringe la movilidad
- Estado de sedación o nerviosismo
- Disfunción motora ajena a la deficiencia
- Señales de violencia física como marcas en muñecas, tobillos, fracturas, mordiscos, lesiones internas, quemaduras, etc.
Abuso Emocional
Aísla, prohibiendo o limitando el acceso a los medios de comunicación (teléfono, correo, información), así como el contacto con familiares fuera del hogar y vecinos
- Insulta o critica constantemente, ridiculizando su cuerpo
- Castiga en presencia de otros
- Sobreprotege
- Opina, habla o toma decisiones por ella
- Intimida, chantajea emocionalmente
- Depresión
- Dificultades de comunicación e interrelación
- Inseguridad
- Baja autoestima
Abuso Sexual
- Violación
- Vejación sexual
- Señales y lesiones en genitales
- Miedo a relacionarse con ciertas personas
- Embarazos no deseados
- Enfermedades venéreas
Abuso Económico
- Usa a la persona con discapacidad para el ejercicio de la mendicidad
- Utiliza a la persona con discapacidad para tareas mal remuneradas y vinculadas al empleo clandestino
- Impide el acceso a recursos económicos externos como trabajo o becas

- Excesiva dependencia de terceros
- Escasas expectativas sobre sí misma y su proyección personal y profesional

Abandono Físico
- No da buena alimentación
- No da atención personal
- Abandona la higiene
- No supervisa adecuadamente
- Desnutrición
- Enfermedades frecuentes ajenas a la discapacidad
- Vestuario inadecuado en relación ala sexo, al tiempo atmosférico y a la discapacidad de la persona
- Ropa sucia
- Largos períodos sin vigilancia
- Problemas físicos agravados por falta de tratamiento
Abandono Emocional
- Ignora su existencia
- No valora su opinión
- Se avergüenza de su existencia
- No hay interacción
- Ausencia de motivación para su desarrollo personal
- Escasa o nula participación en actividades familiares o sociales.

La discapacidad es un factor condicionante: el agresor escoge a esta víctima por el hecho de ser discapacitada, ya que es un blanco fácil y la probabilidad de ser denunciado, detenido y juzgado es muy baja. Son pocos los casos que se denuncian debido al desconocimiento de la víctima de que está viviendo una situación de violencia, a la dificultad de comunicar lo que le está ocurriendo, a que en la mayor parte de los casos el agresor/a es una persona de su entorno de la cual depende, a que los familiares tienden a ocultar los hechos e incluso a no creer el testimonio de la víctima, etc. En otras ocasiones, cuando se denuncian los hechos, la declaración de la víctima es la única prueba del abuso sufrido, pero esta declaración puede ser confusa, dejando impune el delito.

viernes, 6 de febrero de 2015

MEDIOS DE COMUNICACIÓN Y DELINCUENCIA

Según Donald R. Taft, (Criminology: an attempt at a synthetic interpretation with a cultural emphasis, 1945) cuando los medios de comunicación tratan hechos delictivos se observan aspectos tales como:

  1. Se enseña la técnica del delito; por ejemplo, en la estafa de seguros.
  2. Los delitos, por su frecuente mención, no parecen algo desacostumbrado. Con ello el ciudadano honrado pierde valor y deseos de combatirlo.
  3. A los jóvenes el delito les parece atractivo y excitante.
  4. Se da la impresión de que el delito es rentable.
  5. Los delincuentes consiguen un prestigio que solo corresponde al trabajo de los hombres honrados.
  6. Se despierta una simpatía patológica por algunos delincuentes.
  7. Se espolean más bien a los bajos instintos en vez de acentuar la peligrosidad de la acción delictiva.
  8. Se ocultan las verdaderas causas del delitos. No es cierto que los delincuentes malvados, las bellas muchachas y los empresarios afortunados tengan ellos solos la culpa de su suerte o caída. El periódico da una falsa visión del haber y deber sociales.
  9. Se describe el delito de modo que parece fácil escaparse.
  10. No destaca suficientemente el elemento de la pena. La existencia del delincuente es descrito como menos dura de lo que, según la experiencia, es.
A este listado, Von Hentig añade una más: la persecución penal es desacreditada por la prensa. Y es que, para este autor, el prestigio de la administración de justicia exigiría que se respetase la ley, la policía, los tribunales y los funcionarios de prisiones. En lugar de esto lo que sucede es que se hacen demasiadas críticas de las leyes, se censura muy a menudo la persecución penal, antes de la vista se toma partido en la prensa a favor y en contra del acusado (habría que añadir a la víctima sobre todo en delitos de índole sexual) y se predice en voz alta el desenlace.

Hoy día parece que los medios de comunicación siguen en esa misma línea: se critica constantemente la ley penal, piden endurecer las penas (sin embargo, no piden que se desarrollen programas de prevención en la comunidad ni programas de intervención dentro de las prisiones), nos transmiten que delinquir sale gratis y que las penas no se cumplen (cuando nuestro Código Penal es uno de los más duros y cada vez se dificulta más el acceso a permisos de salida, tercer grado o libertad condicional), que las cárceles son "hoteles de cinco estrellas" (desconocen las consecuencias y/o secuelas de la prisionización), emiten juicios paralelos que, en caso de que un sujeto sea juzgado a través de la institución del Jurado Popular, contaminan y predisponen a los miembros del mismo en su veredicto. Sin olvidar, finalmente, la alarma social que generan ante un hecho extraordinario, haciendo que parezca más habitual de lo que realmente es.



lunes, 5 de enero de 2015

MONOMANÍA HOMICIDA

"Murder in the house" Jakub Schikaneder
El concepto de monomanía homicida fue acuñado por el psiquiatra francés Esquirol en el siglo XIX. Fue definida como un delirio parcial caracterizado por un conato más o menos violento a matar. 
El enfermo es llevado a actos que la razón y los sentimientos no determinan, que la conciencia reprueba, que la voluntad no tiene más la fuerza de reprimir y, por ello, los sujetos son arrastrados instintivamente al homicidio, ya que su voluntad es vencida por la violencia. En esta enfermedad mental sólo la voluntad estaría afectada.

Para Esquirol, las causas debilitantes de esta enfermedad se encuentran en el estado de la atmósfera, en ciertos desórdenes de la vida de nutrición, en el predominio de la sensibilidad nerviosa, la mala educación, los pesares, la exaltación religiosa, etc. Los individuos afectados de monomanía homicida tenían, según Esquirol, un carácter sombrío, melancólico, caprichoso y colérico, o por el contrario se habrían distinguido por su dulzura, bondad de las costumbres y hábitos.

Esta teoría fue muy controvertida y dio lugar a debate entre jueces, psiquiatras y abogados, pues muchos criminales podrían ser considerados enfermos y así evitar la pena de muerte, sustituyéndola por el encierro en una institución. A finales del siglo XIX dejó de utilizarse.

En realidad, la monomanía homicida fue un concepto que Esquirol utilizó para explicar crímenes inexplicables en los que, aparentemente, no existía móvil alguno para su comisión. 

En palabras de Foucault, la psiquiatría del siglo XIX "inventó esa identidad ficticia de crimen - locura, de un crimen que es todo él locura, de una locura que no es otra cosa que crimen".

lunes, 15 de diciembre de 2014

LAS PERSONAS DESAPARECIDAS SON DE TODOS

Desde SOSDESAPARECIDOS queremos felicitaros esta Navidad, y por ello hemos elaborado este video, en agradecimiento a la Solidaridad, la amistad y teniendo presente a todos los desaparecidos y las familias. Tendremos una silla vacia llena de preguntas, pero tambien tenemos la unidad y el cariño de todos vosotros.
FELIZ NAVIDAD


martes, 2 de diciembre de 2014

LAS CASAS GALERA

Cárcel Galera de Oviedo (Asturias) construida en 1776 
Las galeras de mujeres. Así era como se denominaban a las cárceles que surgieron en el siglo XVII destinadas a mujeres de "mala vida". Toma su nombre en relación a la pena a galeras aplicada a los hombres, por las duras condiciones de vida a las que eran sometidas: se les rasuraba el pelo y las cejas, se les alimentaba con pan y agua y se les aplicaban duros castigos, usando instrumentos de tortura como cadenas, grilletes, cepos, mordazas, esposas, etc. La impulsora de este tipo de prisión fue Sor Magdalena de San Jerónimo que, en 1604, creó en Valladolid la Casa de Probación, dando lugar, posteriormente, en 1622 a la aparición de las Casas Galera como prisiones de "mujeres vagantes, ladronas, alcahuetas y otros semejantes". A la de Valladolid le siguió la de Madrid, extendiéndose a otras capitales de provincia durante los siglos XVII y XVIII.

La regulación de estos centros la recoge en su obra  publicada en 1608 "Razón y forma de la Galera y casa Real que el Rey nuestro Señor manda hacer en estos Reynos para el castigo de mujeres vagantes, ladronas, alcahuetas y otros semejantes". Entre otras cosas, establecía que los edificios deberían ser cerrados al exterior, sin ninguna ventana ni "mirador a ninguna parte". El régimen del establecimiento estaba sujeto al trabajo, a las enseñanzas religiosas y a la sumisión de las normas de la institución, con la finalidad de "domesticar a la fiera", para transformar a esas "malas mujeres" en "mujeres virtuosas". Se entendía por "mujeres virtuosas" aquellas que, o bien eran perfectas esposas o se dedicaban a servir.

Sor Magdalena describió las conductas marginales o comportamientos delictivos que definen a las mujeres de "mala vida" (según la visión de esta mujer) y por las cuales las mujeres deberían de ser internadas en estos establecimientos. Entre ellas nos encontramos las siguientes: vagantes y deshonestas ("que llegada la noche salen como bestias fieras de sus cuevas a buscar caza: ponerse por esos cantones, por calles y portales de casas, convidando a los miserables hombres que van descuidados, y echan lazos de Satanás, caen y hacen caer en gravísimos pecados"), las que tenían enfermedades venéreas, las fingidas ("que estando sanas y buenas salen a pedir limosna y aunque algunas nunca parieron van cargadas con dos o tres criaturas para mover lástima"), las que se dedicaban a oficios aparentes (proxenetas), las alcahuetas, las mujeres que venden muchachas (corrupción de menores), las mozas de servicio (hurto doméstico), las ponedoras de mozas (proxenetas con engaño).

Sor Magdalena de San Jerónimo consideraba que cuanto más duro fuese el encierro, las mujeres se arrepentirían de sus actos y su conducta mejoraría una vez fueran puestas en libertad. Si una mujer ingresaba por segunda vez en la Casa Galera, la marcaban a fuego en la espalda con el símbolo de las armas de la ciudad. Si ingresaba por cuarta vez, Sor Magdalena sugería que fuera ahorcada en la puerta del establecimiento.


REFERENCIAS :
  • Almeda, Elisabet (2005) "Pasado y presente de las cárceles femeninas en España"
  • Cervelló Donderis, Vicenta (2006) "Las prisiones de mujeres desde una perspectiva de género" Revista General de Derecho Penal, Iustel, Nº5

OTRAS ENTRADAS RELACIONADAS:







viernes, 22 de agosto de 2014

LA VIOLENCIA DE GÉNERO EN EL MUNDO

"El rapto de Proserpina" P.P. Rubens (1636-1638)

La ONU define la Violencia contra las Mujeres como todo acto de violencia basado en la pertenencia al sexo femenino que tenga, o pueda tener como resultado, un daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico para las mujeres, inclusive las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de libertad, tanto si se produce en la vida pública o privada (ONU Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993).

Si analizamos esta definición podemos extraer las siguientes características:

  • Ser mujer es el principal factor de riesgo.
  • La violencia puede ser de tres tipos: física, sexual y/o psicológica.
  • Este tipo de violencia puede darse tanto en la esfera pública como en la privada.
  • La violencia hacia las mujeres tiene como finalidad mantener la subordinación de la mujer al hombre.

La violencia de género incluye a las niñas, a los fetos hembras y a las ancianas, es decir, a todo ser humano de sexo femenino, de todas las etapas etarias y aún más a las no nacidas y es ejercida en todas las sociedades, bien en el ámbito de la familia, de la comunidad, o tolerada y favorecida por los diferentes estados. El grado, la intensidad y las formas de violencia varían de unas sociedades a otras, de tal manera que en algunas, ciertas violencias de género son proscritas, y otras más toleradas en función de costumbres, mitos y creencias.

Son muchas las sociedades que mantienen una ambivalencia moral con respecto al uso de la violencia; siguen existiendo creencias y prácticas culturales que refuerzan la autoridad del marido o pareja sobre su mujer. A lo largo de la historia y de las diferentes culturas la violencia contra la mujeres en las relaciones de pareja tiene lugar dentro de un nexo de poder, control y autoridad por parte del hombre. Encuestas realizadas en países occidentales revelan sistemáticamente que, durante su vida aproximadamente una cuarta parte de todas las mujeres sufrirán al menos un episodio de violencia por parte de su pareja.

De los tres tipos de violencia de los hombres contra la mujer (la violencia física, la violencia sexual y la violencia psicológica), la violencia psicológica es la más difícil de delimitar, pero incluye la humillación de la víctima, las amenazas de daño, la falta de respeto a la autonomía individual y el hipercriticismo; se trata de cualquier acción que pueda provocar daño psicológico en la mujer. A su vez, puede adoptar dos formas principales pasiva y/o activa. El maltrato emocional activo incluye conductas tales como amenazas, gritos, privación de recursos materiales, etc. El maltrato emocional pasivo incluye actitudes de privación de afecto hacia la mujer, como ignorarla y cosificarla, es decir, tratarla de forma inhumana.

La violencia sexual es un delito contra la libertad sexual que históricamente se ha conceptualizado junto con los derechos de la mujer y su inclusión socioeconómica. En muchas sociedades tradicionales se entiende que la mujer es propiedad de su marido, quien en el ejercicio de su derecho a poseerla podría violarla impunemente. Además, la violación se ha utilizado como un arma para humillar y controlar a los hombres vencidos en las guerras de todos los tiempos. En estos casos se pone también de manifiesto que la agresión sexual satisface el deseo de poder y control y constituye una expresión de odio en la mayoría de los violadores.

En contra de las falsas creencias que existe en la sociedad a cerca de la violencia de género, es importante destacar algunos aspectos de la misma, tales como:

  • La violencia de género no tiene barreras de clase, casta, educación, sexualidad, cultura, raza ni edad.
  • La gran mayoría de los actos violentos, particularmente de agresiones sexuales, son producidas por hombres.
  • Frecuentemente el agresor es un hombre conocido, en cuyo caso la probabilidad de abusos repetitivos es mayor.
  • La violencia de género se comete fundamentalmente cuando existen vínculos afectivos o de parentesco, familia, padres, hijos, marido, compañero sexual, amigos y cuando existen vínculos laborables con autoridad (relaciones de poder), compañeros de trabajo, clientes, jefes, médicos, terapeutas, cuidadores, líderes religiosos, educadores, policías, fuerzas armadas.

La violencia sobre la mujer ha existido y existe tradicionalmente en el contexto de una relativa tolerancia o indiferencia por parte de la sociedad y de las instituciones, dándose en diferentes ámbitos sociales: en la familia, en el trabajo, en la comunidad, en el seno de conflictos armados y en medios de comunicación:

  • Violencia de género en la familia: el agresor puede ser cualquier miembro de la familia, pero la más frecuente es el maltrato a la mujer por su pareja. Se trata de una forma de violencia crónica, cíclica y con intensidad creciente.
  • Violencia en el trabajo: se refiere a las actitudes de amenaza y a las conductas que de forma intencionada provocan daño a una mujer con la que se mantiene una relación de tipo laboral. Puede adoptar la forma de acoso sexual, intimidación psicológica individual (bullying) o acoso psicológico (mobbing).
  • Violencia de la comunidad o también llamada violencia social de género: Incluye formas tales como la agresión sexual (ataque, violación o acoso), el tráfico sexual de mujeres, la prostitución o la tortura.
  • Violencia de género en los conflictos armados: los conflictos armados facilitan la proliferación de distintas formas de violencia sexual, como la violación, la mutilación genital femenina, humillación y prostitución.
  • La violencia de género en los medios de comunicación o violencia mediática: se trata de la violencia perpetrada contra la imagen de la mujer, que se distorsiona y manipula con fines sexuales o no. Por ejemplo, establecer la extrema delgadez como canon de belleza, lo que puede provocar daños en la salud con el desarrollo de un trastorno de conducta alimentaria.

Para finalizar, estos son algunos datos sobre el alcance de la violencia ejercida sobre las mujeres a nivel mundial, que muestran que la violencia de género tiene su origen en pautas culturales y creencias religiosas que entienden la condición inferior asignada a las mujeres en la familia, en el trabajo y en la sociedad:

  • La violencia de género mata en el mundo a más mujeres que el cáncer, la malaria, los accidentes de tráfico y las guerras juntas.
  • El feminicidio es el asesinato de las mujeres por el hecho de ser mujeres.
  • La violencia de género es la principal causa de muerte entre las mujeres de entre 15 y 44 años en todo el mundo.
  • Entre 20.000 y 50.000 mujeres fueron violadas durante la guerra de Bosnia y Herzegovina en el período 1992-1995.
  • Entre 250.000 y 500.000 mujeres fueron violadas en el genocidio de Ruanda en 1994.
  • En la UE entre el 40% y 50% de las mujeres experimentan insinuaciones sexuales, contactos físicos no deseados u otras formas de acoso sexual en el lugar de trabajo.
  • Las mujeres y las niñas conforman el 80% de las personas que son sometidas anualmente a la trata. En su mayoría son traficadas para la explotación sexual.
  • Hasta 1 de cada 4 mujeres experimenta violencia física y/o sexual durante el embarazo, lo que incrementa las posibilidades de sufrir un aborto.
  • En Ecuador, las adolescentes que denuncian violencia sexual en la escuela identificaron a un docente como autor en el 37% de los casos.
  • Más de 140 millones de niñas y mujeres en el mundo han sufrido mutilación/ablación genital femenina.
  • Las mujeres de las zonas urbanas tienen el doble de probabilidad que los hombres de sufrir algún tipo de violencia, especialmente en países en desarrollo.
  • En Nueva Delhi, un estudio realizado en 2010 descubrió que un 66% de las mujeres declaraba haber sufrido entre dos y cinco situaciones de acoso sexual durante el año anterior.
  • La probabilidad de que las mujeres resulten infectadas por el VIH durante sus relaciones sexuales es entre dos y cuatro veces superior a la de los hombres. La violación o las relaciones sexuales forzadas incrementan este riesgo al limitar el uso del preservativo y provocar lesiones físicas.
  • En Estados Unidos, el 11,8% de las nuevas infecciones por VIH entre mujeres mayores de 20 años durante 2012 se atribuyó a la violencia a manos de compañeros sentimentales.

Referencias Bibliográficas:

Andrés Domingo, P. (2004) La violencia contra las mujeres, violencia de género. En C. Ruíz-Jarabo y P. Blanco (Directoras) La Violencia contra las mujeres. Prevención y detección (pp 17-38). Madrid, España. Ed. Días de Santos

Mingote Adán, J.C. (2005) Violencia de género. En P. Gómez y A. Ramírez (Directores) XXI ¿Otro siglo violento? (pp 107-146). Madrid, España. de. Díaz de Santos

ONU Mujeres (2013) Hechos y cifras: acabar con la violencia contra las mujeres y niñas. Recuperado de http://www.unwomen.org/es/what-we-do/ending-violence-against-women/facts-and-figures

jueves, 24 de julio de 2014

LA BATALLA DE CARABANCHEL Y SU REPERCUSIÓN EN EL ORDENAMIENTO PENITENCIARIO

El pasado 18 de julio se cumplió 37 años del famoso motín del centro penitenciario de Carabanchel, también conocido como "La Batalla de Carabanchel", que marcó el devenir de la Ley Penitenciaria y su Reglamento.

Este motín fue organizado por la COPEL (Coordinadora de los Presos en Lucha). La COPEL se creó a finales de 1976 por un grupo de internos de la cárcel de Carabanchel, cuya finalidad no era otra que la de conseguir la Amnistía o el Indulto General. El origen de la Coordinadora se remonta a la muerte de Franco en noviembre de 1975 cuando se concedió una Amnistía para los "presos políticos", haciendo que el resto de presos se sintieran discriminados, puesto que esperaban un cambio tanto en las condiciones de vida en las prisiones como la concesión de una amnistía o indulto al considerarse "víctimas del franquismo".

Durante el verano de 1976 en varias prisiones del país surgen motines, siendo los del Hospital Penitenciario de Madrid y Carabanchel los más destacados, siendo fuertemente reprimidos. A raíz de de estos motines se suceden varias asambleas secretas entre reclusos, llegando a la conclusión de que deberían organizarse para conseguir sus objetivos. Así es como, a finales de 1976, se funda la C.O.P.E.L. Las reivindicaciones que plantean son:
  1. Amnistía o indulto general.
  2. Abolición de las torturas y los tratamientos que violan los derechos humanos.
  3. Una alimentación decente.
  4. Una sanidad efectiva.
  5. Supresión de los castigos disciplinarios en aislamientos indefinidos.
  6. Un régimen de visitas no humillantes para los presos, sus familias o amigos.
  7. La creación de visitas íntimas.
  8. El fin de la censura de la correspondencia.
  9. La reforma del Código Penal para adecuar las penas a la realidad.
  10. Un trabajo remunerado digno.
  11. La supresión de la Ley de Vagos y Maleantes.
  12. Acceso a la educación y a tener bibliotecas.
  13. Mejora de las instalaciones carcelarias.
  14. Tener derecho a poder salir en libertad condicional.
  15. Redenciones de pena por trabajo para todos los presos por igual.
Estas reivindicaciones se van dando a conocer, extendiéndose a otros centros penitenciarios.

Sin embargo, un grupo de internos de la cárcel de Carabanchel deciden ir más allá. Diseñan un plan: ocho internos subirían al tejado de la prisión mientras otros treinta y tres se harían cortes en las venas con el objetivo de ser trasladados al hospital. Y para dejar constancia de este hecho, convocaron a los medios de comunicación junto a familiares de presos.

El 18 de julio de 1977, a las 13:45 horas, los ocho internos suben al tejado de la sexta galería, todos vestían camiseta roja, y desplegaron la bandera de la COPEL. Antes de llegar los antidisturbios, suben más internos a los tejados, llegando a juntarse unos 800 al grito de "¡Amnistía!". En ese momento, el resto de internos que habían quedado en el interior comienzan a cortarse las venas. Este motín duró cuatro días y fue extendiéndose a otras prisiones de trece provincias: Palma de Mallorca, con 212 reclusos amotinados; Sevilla con 165; Puerto de Santa María con 140; Valencia con 120; Burgos con 130; Badajoz con 50; Zaragoza con 55; Santa Cruz de Tenerife con 130; Las Palmas de Gran Canaria con 270; Granada con 40; Valladolid; Oviedo con 40 amotinados que fueron desalojados violentamente por la policía y llevados a celdas de castigo; Barcelona, el motín tan sólo duró tres horas al aceptar el director de la prisión que no se aplicarían sanciones ni castigos físicos a los amotinados.

Finalizado el motín, meses después, el 13 de marzo de 1978, siete de los ocho presos que lo habían organizado y participado en él, fueron torturados, muriendo uno de ellos, el anarquista Agustín Rueda. Cinco días después de esta muerte, el Director General de Prisiones, Jesús Haddad Blanco es asesinado por un comando de G.R.A.P.O. Es entonces cuando el Gobierno nombra un nuevo Director General de Prisiones, Carlos García Valdés, procedente del ámbito académico, con el propósito de elaborar una Ley Penitenciaria que recogiera todas las reivindicaciones de la Coordinadora. A partir de ese momento, y con la Ley Penitenciaria de 1979,  la COPEL desaparece sin conseguir la Amnistía deseada, pero consiguieron que sus reivindicaciones fueran incluidas en Ley Orgánica Penitenciaria, mejorando considerablemente las condiciones de vida en las prisiones.

Fuentes:







jueves, 13 de marzo de 2014

VICTIMIZACIÓN TERCIARIA: LA VICTIMIZACIÓN JURISDICCIONAL

La victimización jurisdiccional o procesal es producida a través de los errores judiciales que recae sobre personas inocentes. Sería una victimización real de un presunto victimario denominada victimización terciaria. 

La victimización terciaria hace referencia a aquellas situaciones patológicas del funcionamiento del sistema legal, en los ámbitos normativo, policial, jurisdiccional y penitenciarios que originan graves perjuicios en los ciudadanos.

La victimización jurisdiccional está relacionada con el padecimiento injustificado de prisión preventiva, con la comisión de errores judiciales y, en general, al funcionamiento anormal de la Administración de Justicia (García-Pablos).

En ocasiones, este tipo de victimización es propiciada por las falsas víctimas, que ponen en marcha toda la maquinaria judicial que termina con la condena de una persona inocente. Suele tratarse de víctimas simuladoras que actúan conscientemente al realizar la imputación falsa y deliberadamente tratan de provocan el error judicial.

Sin embargo, existen otros factores que dan lugar a este tipo de victimización como pueden ser:

Problemas en la identificación de imputados por parte de víctimas y de testigos. Aparecen dificultades en tres niveles: 1) de funcionamiento de la memoria de las personas que dificultan el trabajo de identificación que pueden realizar las víctimas y testigos; 2) de las circunstancias bajo las cuales se produjo la observación de la persona a identificar; y 3) de la forma en que se lleva a cabo los procesos de reconocimiento en el ámbito policial.

Uso de prueba pericial de baja calidad o confiabilidad, que hace que un tribunal decida sobre bases científicas equivocadas.

Uso de confesiones falsas, autoinculpaciones de personas que no cometieron los delitos que se les imputa y que resultan condenadas por el mismo. La literatura científica alude a un factor que explica este fenómeno y es el uso inadecuado de diversos métodos en los interrogatorios policiales, que van desde el ejercicio de la presión física o psicológica hasta diversas técnicas de engaño o convencimiento.

Uso de testigos mentirosos o poco confiables y los problemas para valorar la credibilidad de los testigos por parte de los jurados y jueces. Lo mismo ocurre con los testigos que no tienen intención de mentir, ya que éstos pueden equivocarse en su declaración debido a problemas relacionados con la memoria y la reconstrucción de la información.

"Visión de túnel", debido a factores vinculados al trabajo de los agentes encargados de la investigación que pueden acabar con condenas de inocentes. La visión de túnel se produce cuando los responsables de la investigación, después de concentrarse en un sospechoso concreto, sobreestiman la evidencia disponible en su contra y de manera subconsciente descartan la posibilidad que existan otros autores o evidencia exculpatoria que surge en el resto de la investigación; los investigadores pierden objetividad.

Este fenómeno parece ser inevitable por una serie de distorsiones cognitivas y fenómenos psicológicos de funcionamiento de los seres humanos, siendo reforzado por las presiones institucionales y medioambiente social por la persecución de delitos. Dentro de los fenómenos psicológicos se encuentra el prejuicio de confirmación. Se trata de una distorsión cognitiva que consiste en "una inclinación a retener, o tendencia a no abandonar, una hipótesis que ha sido seleccionada", es decir, que toda nueva evidencia será evaluada de manera que sea consistente con la creencia que la persona ya dispone sobre una situación.

La visión de túnel también se ve reforzada por otros factores relacionados con la motivación de los encargados de una investigación como por ejemplo, el prestigio y cumplimiento de metas por esclarecimiento de casos, de compromiso emocional con su rol, de sentido de pertenencia a un grupo y desarrollo de cultura institucional, etc.

Representación legal defectuosa, las malas defensas también suelen estar presentes en condenas erróneas, que puede deberse a la falta de profesionalidad y preparación, generando la indefensión del acusado. Otras causas como las cargas de trabajo de los defensores, la falta de sistemas de control, incentivos perversos para terminar anticipadamente casos, etc, también están detrás de una mala defensa.

Estos errores judiciales hacen que un inocente sea juzgado, condenado y encarcelado, generando consecuencias irreparables en el sujeto que lo sufre.



BIBLIOGRAFIA

Landrove Díaz, G. (1998) "La moderna victimología". Tirant Lo Blanc. Valencia

Duce, M. (2013) "¿Deberíamos procuparnos de la condena de inocentes en Chile? Antecedentes comparados y locales para el debate" Revista Ius et Praxis Vol. 19, Nº 1 2013 pp 77-138 http://www.scielo.cl/scielo.php?pid=S0718-00122013000100004&script=sci_arttext 

viernes, 31 de enero de 2014

ESTRUCTURA DEL FICHERO DE INTERNOS DE ESPECIAL SEGUIMIENTO (FIES)


Antigua Cárcel Modelo de Oviedo (1914)

Se trata de una base de datos en la que se incluye distintos grupos de reclusos que, en atención a los delitos cometidos, repercusión social de los mismos, pertenencia a bandas organizadas y criminales, peligrosidad u otros factores, aconsejan un seguimiento administrativo. Se estructura en colectivos FIES:

1. Colectivo FIES -1 CD (Control Directo)

Se incluyen internos especialmente conflictivos y peligrosos, protagonistas e inductores de alteraciones regimentales muy graves que hayan puesto en peligro la vida o integridad de Funcionarios, Autoridades, otros internos o personal ajeno a la Institución Penitenciaria, tanto dentro como fuera del Centro con ocasión de salidas para traslados, diligencias u otros motivos.

2. Colectivo FIES - 2 DO (Delincuencia Organizada)

Se incluyen todos aquellos internos ingresados en relación con delitos cometidos en el seno de grupos u organizaciones delictivas nacionales o extranjeras, cuya finalidad es la obtención de beneficios económicos y aquellos que colaboran o apoyan a estos grupos (narcotráfico, blanqueo de dinero, tráfico de personas, u otras actividades relacionadas con la ilicita actividad de este tipo de criminalidad).

3. Colectivo FIES - 3 BA (Bandas Armadas)

Se incluyen todos aquellos internos ingresados por vinculación a bandas armadas o elementos terroristas, y aquéllos que, a través de informes de las Fuerzas de Seguridad, colaboran o apoyan a estos grupos.

4. Colectivo FIES - 4 FS (Fuerzas de Seguridad y Funcionarios de II.PP)

Se incluyen los internos que pertenecen o han pertenecido a estos colectivos profesionales, al exigirse durante su internamiento determinadas cautelas, conforme a los previsto en el artículo 8 de la Ley Orgánica de las Fuerzas y Cuerpo de Seguridad del Estado.

5. Colectivo FIES - 5 CE (Características Especiales)

Se incluyen diversos grupos de internos que por sus características criminológicas o penitenciarias, precisan de un especial seguimiento. Estos son:
  • Internos con un historial penitenciario de alta conflictividad.
  • Autores de delitos muy graves que hayan generado una gran alarma social.
  • Pertenecientes o vinculados a grupos violentos de carácter racistas o xenófobo.
  • Internos que sin estar procesados o condenados por terrorismo islamista, destaquen por su fanatismo radical, por su afinidad al ideario terrorista y por liderar o integrar grupos de presión o de captación en el Centro Penitenciario.
  • Condenados por el Tribunal Penal Internacional.
  • Colaboradores de la Justicia contra bandas terroristas u otras organizaciones criminales.


lunes, 2 de diciembre de 2013

CENTROS DE MENORES Y ÁNIMO DE LUCRO

En 2009, bajo el título “Si vuelvo ¡me mato!”, Amnistía Internacional publica un informe sobre la situación de menores en centros de protección, sobre todo centros terapéuticos, a raíz del Informe del Defensor del Pueblo “Centros de protección de menores con trastornos de conducta y en situación de dificultad social”(2009). En ambos informes se pone de manifiesto la necesidad de cambiar el actual sistema de protección por varias razones:
  • falta de una regulación uniforme y común en materia de protección de menores para todo el territorio nacional; cada comunidad autónoma tiene su propia regulación, existiendo grandes diferencias entre unas y otras;
  • la dificultad para denunciar, investigar y determinar las responsabilidades por los abusos que puedan cometerse;
  • las carencias en el sistema de rendición de cuentas por la gestión de los centros que se delega en organizaciones privadas;
  • la propia situación y gestión de algunos centros; y
  • las dificultades con las que se encuentran las instituciones independientes de defensa de los derechos humanos para su supervisión.
No existe una información estadística ni datos fehacientes consolidados y actualizados sobre el número de menores tutelados en España y, menos aún, de aquellos menores que se encuentran en centros terapéuticos por trastornos de conducta. Esto favorece la invisibilidad de estos menores y facilita la vulneración constante y continuada de sus derechos.

Amnistía Internacional se hace eco de la situación en la que viven los menores en algunos centros de protección donde los castigos físicos, el aislamiento, el suministro abusivo de medicación y la ausencia de servicios adecuados para el cuidado de la salud, así como otras conductas y omisiones, han llevado a algunos menores al suicidio.

¿Quién y cómo se gestiona estos centros? En España hay tres modelos de gestión para los centros terapéuticos del sistema de protección de menores:
  1. Con titularidad y gestión de la Administración pública
  2. Con titularidad de la Administración pública que cede el edificio para su gestión a una entidad
  3. Con titularidad y gestión de una entidad privada
En 2008 de los 58 centros terapéuticos existentes, sólo tres eran gestionados por la Administración pública. El resto son dirigidas por 41 entidades con diferente personalidad jurídica (fundaciones, asociaciones sin ánimo de lucro, empresas mercantiles) bajo convenio con la Administración pública.

De entre todas estas entidades, destacan dos por encima del resto, siendo las que mayor número de denuncias y quejas acaparan por el trato que dispensan a los menores acogidos en sus centros. Se trata de la Fundación O´Belén y de la Fundación Dianova, que son entidades privadas. Y también son las dos fundaciones que poseen el mayor número de centros en España y que reciben el mayor presupuesto por parte del Estado.
Para hacernos una idea, en el año 2008, entre las dos, reciben un presupuesto de cerca de 17 millones de euros: casi cinco millones Dianova con 7 centros y cerca de 12 millones O´Belén con 5 centros.

Más del 90% procede del pago en concepto de servicios sociales que les aportan las administraciones, pero además cuentan con patrocinadores privados.

O´Belén se creó el 22 de junio de 1999 y sus fundadores: por un lado, políticos profesionales y, por otro, empresarios. Se financia en más del 90% con dinero de las administraciones. También cuenta con varios patronos que en 2009 eran Peugot, Alvargómez Gestión Inmobiliaria, Grupo Lábaro, la Diputación de Guadalajara… Es una de las entidades que más denuncias ha recibido sobre malos tratos a menores y en cuyos centros se han producido varios suicidios de menores. El 18 de septiembre de 2009, la Junta de Castilla La Mancha decidió cerrar uno de los cinco centros, asumiendo la protección de los menores allí acogidos. El presidente de la fundación dimitió alegando razones personales. El 16 de octubre de 2009, se cierra el centro de Casa
Joven de Guadalajara donde estuvo ingresada la menor, Silvia, que se suicidó el 12 de abril de 2009.

Por su parte, Dianova, está formada por un conjunto de organizaciones autónomas que desarrollan programas sociales dirigidos a la prevención y tratamiento de consumo de drogas en jóvenes. Según el Plan Nacional sobre Drogas, “Dianova tiene su origen en la escisión y posterior reorganización de personas y profesionales vinculados a la asociación El Patriarca”, un grupo fundado por Lucien Engelmajer y catalogado en Francia en 1995 como secta por una comisión de investigación parlamentaria. Cuatro años después, el Parlamento francés alertó sobre Dianova, la calificó de nueva marca de El Patriarca y señaló que constituye el ejemplo más representativo de estructuras comerciales sectarias”.

Los recursos que invierten las administraciones públicas en estos centros gestionados por entidades privadas se establecen a partir de una tarifa por menor y día acordada entre la Administración y la entidad, teniendo en cuenta el convenio que regula la gestión de estos centros. Según los datos del Informe del Defensor del Pueblo “La cantidad media que la entidad pública abona a la entidad gestora por cada menor al mes, es de 3.810,30€, lo que pone de manifiesto que la Administración está invirtiendo un elevado presupuesto en la atención residencial a menores en dificultad social, lo que, sin embargo, no está en consonancia con la insatisfacción que manifiestan muchos menores acogidos en este tipo de recursos”.

El Estado tiene la obligación de garantizar que la privatización de los centros de protección no compromete ni menoscaba los derechos de los menores.

En relación al personal responsable de la protección de menores, la ONU establece una Reglas para la Protección de Menores Privados de Libertad: el personal debe ser competente, suficiente y especializado (educadores, instructores profesionales, asesores, asistentes sociales, psiquiatras y psicólogos). Su proceso de selección ha de ser riguroso y la retribución adecuada. También han de recibir formación para el correcto desempeño de sus funciones.

Este informe de Amnistía Internacional pone como ejemplo de la falta de control sobre la contratación de personal, el caso de una periodista que se infiltró en un centro de Cataluña sin que nadie se ocupara de comprobar su curriculum vitae. En su testimonio refleja que casi ninguno de los supuestos educadores había estudiado nada relacionado con la infancia y conoció incluso a pacientes que, siendo adultos, habían estado en el centro recuperándose de toxicomanías y que, posteriormente, se habían quedado como “cuidadores”.

Para ampliar toda esta información:

**ARTÍCULO PUBLICADO EN LA REVISTA Nº3 ASD http://www.calameo.com/read/0022745140da2b0776a98 DE LA ASOCIACIÓN DE SOSDESAPARECIDOS**

domingo, 1 de diciembre de 2013

PROPUESTAS PARA MEJORAR LA POLÍTICA CRIMINAL EN MATERIA DE DELINCUENCIA JUVENIL


En la actual política criminal para la prevención y el tratamiento de la delincuencia juvenil se aprecia una tendencia hacia la represión. El interés superior del menor queda relegado a un segundo plano en detrimento de las demandas de determinados colectivos que cada vez piden más firmeza en la aplicación de la Ley. Esto hace que el legislador, para satisfacer dichas demandas, introduzca reformas que no respetan los principios generales inspiradores de la Ley. Cuando surge el debate público (casi siempre a raíz del conocimiento a través de los medios de comunicación de una noticia relacionada con hechos muy graves protagonizados por menores, y dicho sea de paso, son muy excepcionales) sobre la ineficacia en la aplicación de la Ley, siempre se propone un endurecimiento de las medidas, por ejemplo si se trata de delitos graves, como si fuera la panecea para tratar la delincuencia (esto mismo ocurre con el Derecho Penal de adultos), sin tener en cuenta los factores que favorecen la aparición de las conductas delictivas (factores sociales, personales, familiares, económicos, ambientales....).
La política criminal ha de ir de la mano del desarrollo de la política social, que abarcara todas las áreas consideradas relevantes para el bienestar del sujeto, es decir, una política social que incida en los factores para prevenir la aparición de conductas delictivas, puesto que la delincuencia es un fenómeno complejo que requiere un tratamiento integral.

Algunas propuestas que podrían adoptarse:
  • Estudios de investigación rigurosos sobre el fenómeno de la delincuencia juvenil para conocer las causas y las consecuencias. Los resultados obtenidos han de se proporcionados a toda la población para una mejor comprensión de los procesos de criminalización y victimización, a través de medios adecuados.
  • Especialización en materia de intervención con menores de todos los agentes implicados: jueces, abogados, fiscales, criminólogos, policía, educadores, trabajadores sociales, psicólogos, maestros... 
  • Opinión de los profesionales especializados para el diseño de una política criminal con verdadera orientación preventiva. A ser posible que estos expertos no respondan a intereses del grupo político de turno, es decir, que se haga en base al conocimiento de la realidad tal y como es y que sus propuestas se tengan en cuenta.
  • Creación de unidades especializadas para la atención de menores infractores en edades comprendidas entre los 12 y 13 años.
  • Potenciar programas de intervención para la prevención de conductas delictivas en los distintos ámbitos en los que se integran los menores, sobre todo familia y escuela. En la escuela sería interesante que se aplicaran de forma continuada (y no durante 1 año, como suele ocurrir), como si de otra materia formativa se tratara, programas dirigidos a la educación en valores, sexual, seguridad vial, prevención de consumo de drogas, fomento de otras alternativas de ocio y tiempo libre, prevención de conductas violentas entre alumnos o de alumnos a profesores, programas orientados a la adquisición de habilidades sociales y de comunicación interpersonal, que favorezcan el desarrollo de conductas prosociales, etc. En relación a la familia: escuelas de padres, facilitar el acceso a los servicios sociales, al sistema sanitario, a la vivienda, al mercado laboral, etc.
  • Eliminar el sensacionalismo en los medios de comunicación ante los delitos cometidos por menores, para evitar la estigmatización y la creación de una falsa alarma social que genera sensación de inseguridad.
  • Potenciar las medidas extrajudiciales de conciliación-reparación, así como aplicar verdaderas medidas socio-educativas.
  • Elaboración de una Ley Integral para la Prevención y el Tratamiento de la Delincuencia Juvenil.