Translate

viernes, 7 de junio de 2013

EXCUSAS Y JUSTIFICACIONES DE LA DEFENSA ANTE LOS TRIBUNALES DE JUSTICIA

Las excusas "son relatos en los cuales uno admite que el acto en cuestión es malo, equivocado o inapropiado, pero niega la responsabilidad total" (Scott y Lyman, 1968,47). 

1. Apelar a los accidentes: quienes declaran que la causa de los hechos y sus consecuencias fue un accidente mitigan la responsabilidad (atribución externa).

2. Apelar a la anulabilidad: Todas las acciones contienen algún elemento mental y los componentes generales del mismo son el conocimiento y la voluntad. Se puede alegar para defenderse de una acusación, que la persona no estaba completamente informada, un error o que su voluntad no era completamente libre. El acusado también puede negar cualquier intención de su parte de haber causado la desafortunada consecuencia, o negar su conocimiento de la consecuencia, o puede admitir la posibilidad del resultado en cuestión, pero sugiriendo que su probabilidad no era calculable.

3. Apelar a los impulsos biológicos: A pesar del énfasis que se le ha dado en la cultura occidental desde el pasado siglo XIX a la personalidad y al ambiente social como elementos causales de la acción humana, todavía hay una creencia popular y un compromiso diverso sobre la eficacia del cuerpo y los factores biológicos en la determinación del comportamiento humano. Lo más común es que la invocación de esta excusa sea una apelación al natural pero incontrolable apetito sexual, estableciendo un locus de control externo ("No puedo controlarme...").

4. La víctima propiciatoria: Una persona alegará que su comportamiento cuestionado es una respuesta natural al comportamiento o actitud de otro. Así, la víctima ha podido provocar ("me increpó agresivamente") o facilitar ("estaba el maletín en el vehículo y a la vista"). De esta manera los individuos se despojan del peso de la responsabilidad por sus acciones y la desvían sobre otro (atribución externa).

Las  justificaciones son "relatos en los cuales uno acepta la responsabilidad por el acto en cuestión, pero niega la cualidad peyorativa asociada con éste" (Scott y Lyman, 1968, 47), que es lo que Sykes y Matza (1957/1989), han llamado Técnicas de Neutralización, y son las justificaciones que se dan por el comportamiento desviado.

1. La Negación de la Responsabilidad: Los actos delictivos son debidos a fuerzas fuera del individuo y más allá de su control. El individuo aprende a verse a sí mismo como obligado por causas externas a asumir un comportamiento desviado como si su voluntad no actuara. De esa manera logra justificar su conducta sin obtener ningún reproche por parte de la sociedad y sin necesidad de ir en contra del sistema normativo.

2. La Negación del Perjuicio o del Agravio: El delincuente siente que su conducta no es realmente causa de gran alarma, a pesar de que contraviene la ley. El actor reconoce que hizo un acto particular, pero afirma que era permisible ya que nadie resulta agraviado por él, o ya que no estaba involucrado nadie por quien la comunidad necesitara interesarse, o ya que el acto resultaba en consecuencias que eran insignificantes. Por ejemplo, un hurto de unos grandes almacenes.

3. La Negación de la Víctima: El delincuente considera que el perjuicio que ha ocasionado no es realmente un perjuicio, sino una forma justa de represalia o castigo, aún cuando acepta la responsabilidad de sus actos desviados y está dispuesto a reconocer que sus acciones desviadas envuelven una lesión o un daño. La víctima es transformada en un malhechor y el delincuente en un vengados. Negar la existencia de la víctima es una forma extrema del reconocimiento de los blancos apropiados e inapropiados. Por ejemplo, dinámicas sadomasoquistas en relaciones de pareja, en las que los roles de agresor-víctima se intercambian y tienden a confundirse.

4. La Condena del Condenador: El delincuente desplaza el foco de atención de sus propios actos a los motivos y conductas de quienes desaprueban sus violaciones. Cambia el tema de conversación en el diálogo entre sus propios impulsos desviados las reacciones de los otros; atacando a los otros, la incorrección de su propia conducta se reprime o se pierde de vista con mayor facilidad. Por ejemplo, "la sociedad es hipócrita porque todos desearían tener relaciones sexuales con mujeres muy jóvenes".

5. El Recurso a una Lealtad Superior: Los controles sociales externos e internos pueden neutralizarse sacrificando las exigencias de la sociedad en general por las exigencias de pequeños grupos sociales a los cuales el delincuente pertenece. El punto más importante es que la desviación de ciertas normas puede presentarse, no porque se rechacen dichas normas sino porque se da prioridad a otras normas que se consideran más apremiantes o que implican una mayor lealtad.

6. Las Historias Tristes: Es un arreglo seleccionado (con frecuencia distorsionado) de los hechos, que resalta un pasado extremadamente funesto, y así explica el estado presente del individuo.

7. La auto-realización: Es un tipo de justificación particularmente moderno. Las personas que apelan a esta justificación son generalmente personas marginales, que consideran su conducta como una forma de autodesarrollo, de realización personal, y no encuentran nada equivocado en su comportamiento.

Las técnicas de neutralización propuestas por Sykes y Matza, son consideradas por estos como un componente crucial de las «definiciones favorables a la violación de la ley» de Sutherland, ya que los jóvenes se convierten en delincuentes mediante el aprendizaje de estas técnicas, por ello es una explicación a la delincuencia juvenil.

No hay comentarios:

Publicar un comentario